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Las grabaciones de las fuerzas del orden, ya sea por parte de testigos o de quienes tienen un encuentro directo con los agentes, pueden ser herramientas poderosas para la rendición de cuentas del gobierno y pueden apoyar movimientos de cambio social. Sin embargo, grabar a los agentes puede implicar riesgos. A continuación, se presentan consideraciones legales y prácticas importantes relacionadas con grabar a la policía y a otros agentes de las fuerzas del orden.

¿Puedo grabar legalmente a la policía o a los agentes de inmigración? 

Sí. Todas las personas en Estados Unidos tienen, bajo la Primera Enmienda, el derecho a grabar a las fuerzas del orden. Esto incluye a la policía local y a agentes federales, como los del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). Aunque la Corte Suprema no se ha pronunciado directamente sobre el tema, nueve tribunales federales de apelación distintos han reconocido y confirmado este derecho, con base en décadas de precedentes de la Corte Suprema.

Los tribunales suelen definir el derecho a grabar a las fuerzas del orden como el derecho a grabar a los agentes mientras ejercen sus funciones oficiales en público. Este derecho se extiende tanto a las personas testigo como a quienes graban sus propias interacciones con las fuerzas del orden, como transmitir en vivo un control de tránsito propio. El derecho también se aplica a espacios privados donde quien graba tiene derecho legal a estar, como su propio domicilio.

Puedes tomar fotografías o grabar video y audio. Los tribunales han determinado que las leyes de interceptación de comunicaciones, que por lo general protegen las conversaciones privadas, no prohíben que la ciudadanía grabe en audio a las fuerzas del orden. Esto se debe a que los agentes que ejercen sus funciones oficiales, en particular en público, no tienen una expectativa razonable de privacidad. Tampoco la tienen las personas en lugares públicos que hablan con las fuerzas del orden de manera audible para quienes pasan por ahí.  

¿Cuáles son algunas limitaciones al derecho a grabar a las fuerzas del orden?

Los tribunales han sido claros en que las conductas que obstruyen o interfieren con la labor efectiva de las fuerzas del orden o con la protección de la seguridad pública no están protegidas. Los agentes no pueden ordenarte que te muevas porqueestás grabando, pero sí pueden ordenarte que te muevas por razones de seguridad pública, incluso si estás grabando 

Si el agente de las fuerzas del orden está fuera de servicio o se encuentra en un espacio privado en el que tú no tienes derecho a estar, tu derecho a grabarlo puede verse limitado. Por ejemplo, en 2026 un jurado de Los Ángeles declaró culpables a dos mujeres del delito grave de acecho (stalking) después de que siguieran a un agente del ICE hasta su domicilio y transmitieran la persecución en vivo.

¿Qué otras consideraciones hay al grabar a los agentes?

Incluso si consideras que estás ejerciendo de manera adecuada tu derecho, bajo la Primera Enmienda, a grabar a las fuerzas del orden, los agentes podrían igualmente escalar la situación o tomar represalias en tu contra. A continuación, algunos puntos a tener en cuenta.  

  • Mantén la calma y sé cortés.
  • Si eres testigo, mantente a una distancia segura de la escena que estás grabando. Ten en cuenta que los agentes pueden acercarse y confrontarte, reduciendo esa distancia en un intento de acusarte de interferir e incluso de agredir a un agente federal.
  • Mantente alerta y consciente de que los agentes podrían tomar represalias ilegales en tu contra de varias maneras, incluidos el arresto, la destrucción de tu dispositivo y daños físicos. También podrían intentar tomar represalias dañando a la persona que está siendo arrestada.
  • Considera la naturaleza sensible de grabar en el contexto de un arresto. Por ejemplo, la persona arrestada o sus seres queridos podrían estar preocupados por exponer su estatus migratorio, así que considera obtener su consentimiento o difuminar los rostros en cualquier versión que publiques, para enfocarte en la conducta del ICE o el CBP (conservando siempre el video original).
  • Las fuerzas del orden no pueden registrar tu teléfono celular u otro dispositivo sin una orden judicial basada en causa probable emitida por un juez, incluso si estás bajo arresto. Por lo tanto, puedes negarte a una solicitud de un agente para revisar o borrar lo que grabaste. También puedes negarte a desbloquear tu teléfono o a proporcionar tu código de acceso.

¿Qué puedo hacer para proteger mis grabaciones?

Qué tan protegidas están tus fotografías o grabaciones de video depende tanto del dispositivo como de la forma en que grabas. Si subes el video a un servicio de transmisión en vivo, este puede guardarlo en la nube si activas esa función. Pero ¿qué pasa si quieres proteger las grabaciones almacenadas localmente?

Los teléfonos inteligentes modernos, por lo general, protegen los datos, incluidos los videos, mediante cifrado. Esto significa que, si tu teléfono está bloqueado y protegido por una contraseña sólida, resulta más difícil para un agente borrar lo que has almacenado en el dispositivo. Desactivar los métodos biométricos, como el desbloqueo facial o por huella digital, puede proteger aún más el contenido de tu dispositivo. Puedes revisar tu configuración siguiendo los pasos de nuestras guías de Autodefensa contra la Vigilancia (ver más abajo) para asegurarte de que el cifrado del dispositivo esté activado.

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